Canal 12 acusa a los SRT de competencia desleal: recibe el 55% de sus ingresos en subsidios del Estado Nacional y la UNC

Imaginate que tenés una zapatería y un competidor que -en la vidriera del lado- también vende zapatos en un local igual, igual al tuyo.  Pero el vecino recibe subsidios cuantiosos que le permiten ingresar $ 5 de cada $ 10 por esa vía y no por la venta genuina de sus productos: estaríamos ante un caso de competencia deseal, ¿verdad?
Bueno, algo así sucede -en óptica de los competidores privados- con los SRT, Teleocho y Canal 12: los tres venden segundos publicitarios en sus tandas comerciales y con esos ingresos pagan sueldos, gastos y -eventualmente- alcanzan su rentabilidad.
Pero mientras Teleocho y Canal 12 lo hacen con ingresos de anunciantes (públicos y privados), los SRT -además de esos anunciantes- reciben $ 46 millones (sobre los $ 73 millones de ingresos) de subsidios del Estado Nacional y la UNC.
Además, profundizan desde los canales privados, los SRT se dan el lujo de tener 223 empleados, una plantilla que supera a la sumatoria del plantel de Canal 12, Teleocho y radio Mitre juntas.
(Los documentos del presupuesto y subsidios de los SRT en nota completa).

Ministerio de Economía y Finanzas Públicas
PRESUPUESTO
Resolución 102/2012

Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2012 de una empresa.

Bs. As., 10/4/2012
VISTO el Expediente N° S01:0388413/2011 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2012 formulado por la empresa SERVICIOS DE RADIO Y TELEVISION DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA SOCIEDAD ANONIMA, actuante en el área de la SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS del MINISTERIO DE EDUCACION.

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que el Artículo N° 49 de la mencionada ley y el Decreto N° 1344 de fecha 4 de octubre de 2007 por el cual se aprueba su Reglamento, determinan que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS la aprobación de la presente medida.

Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS RESUELVE:

Artículo 1° — Apruébase el Plan de Acción y el Presupuesto para el Ejercicio 2012 de la empresa SERVICIOS DE RADIO Y TELEVISION DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA SOCIEDAD ANONIMA, actuante en el área de la SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS del MINISTERIO DE EDUCACION, de acuerdo con el detalle que figura en los Anexos I y II adjuntos a la presente resolución, respectivamente.

Art. 2° — Estímanse en la suma de PESOS CUARENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS VEINTE MIL ($ 41.720.000) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS SETENTA MILLONES CIENTO ONCE MIL ($ 70.111.000) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS VEINTIOCHO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y UN MIL ($ 28.391.000) de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.

Art. 3° — Estímanse en la suma de PESOS SETENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS UN MIL ($ 73.201.000) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS SETENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO ONCE MIL ($ 74.111.000) los gastos corrientes y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (DESAHORRO) estimado en PESOS NOVECIENTOS DIEZ MIL ($ 910.000) de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II adjunto a la presente resolución.

Art. 4° — Estímanse en la suma de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS DIEZ MIL ($ 2.810.000) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS MIL ($ 1.900.000) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3° de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero EQUILIBRADO para el Ejercicio 2012 de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente Resolución.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Hernán G. Lorenzino.

Mirá la Resolución 1 y la Resolución 2.

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