Dice que la ley “no llame” está, pero que Defensa del Consumidor no la aplica
Mario Alberto Fidélibus: “Lo que debemos mirar es la inacción de la Dirección de Defensa del Consumidor en Córdoba, ya que en diciembre del 2011 fue publicado el Dto. 2079, por la Ley 10016, denominada `Registro de bloqueo de llamadas no deseadas´, siendo la autoridad de aplicación la Dirección antes mencionada. Cuando hace unos meses llamé para anotar mi número en el Registro, me dijeron que todavía no estaba operativo y `lo estaban estudiando´. En fin, Córdoba tiene la Ley pero no la aplica”.
Sobre cómo para el telemarketing desmedido, aquí.
Tu opinión enriquece este artículo: