Miami, la ciudad más importante de Florida, es un destino obligado que todo viajero debe visitar, aunque, si vivís en Argentina, la cosa se puede complicar a la hora de armar la valijas.
¿El problema? El dólar y las cuantiosas regulaciones que el gobierno suele aplicar en épocas de crisis (sorpresa, sorpresa), creando así confusión sobre los tipos de cambio (¿es $ 62, $ 80 o $ 100?) y puntualmente en este caso, cuándo aplica el controvertido impuesto PAIS si queremos viajar a un destino como Miami.
Es en esta duda que el Grupo Más tomó las riendas y explicó de una manera fácil y sencilla en qué situaciones -y en cuáles no- está presente el impuesto del 30% para la moneda extranjera. Mirá.
Por si querés saber más…
Toda esta información forma parte de la ley 27541 publicada en el Boletín Oficial, puntualmente en el artículo 35 inciso D y E y su decreto reglamentario, que se puede ver aquí.
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Que por favor expliquen si, pagando un pasaje parte en pesos y parte en dólares... cómo se grava la parte en pesos? ¿Cuál es el proporcional? ¿Cómo determino qué pago en pesos y qué en dólares? Del recio TOTAL, sólo se grava la tarifa y el sobrecargo de combustible... quedando exentos los impuestos y tasas... pero si pago parte en dólares.. y parte en pesos... cómo determinan si los dólares no pagan la tarifa... y los pesos los impuestos? El Operador Mayorista me indicará la base imponible para gravar los servicios terrestres en el extranjero.
Excelente nota !!!! Aclara todas las dudas sobre este impuesto.Los felicito!!!!
Excelente nota !!!! Aclara todas las dudas sobre este impuesto.Los felicito!!!!