El proyecto que impulsa la Ley de Libertad Inmobiliaria lleva un tiempo dando vueltas, pero en las últimas semanas fue puesto nuevamente en debate. Presentado por el diputado nacional del Pro, Alejandro Bongiovanni, propone un giro de 180° en la actividad inmobiliaria y ya cosechó voces a favor y en contra.
La palabra clave es desregulación, tan de moda en estos tiempos. Los impulsores de la iniciativa aseguran que los beneficios son múltiples: quienes ya ejercen la intermediación inmobiliaria de hecho y aquellos que quieran sumarse a la actividad podrán hacerlo sin las actuales exigencias legales.
Así, habrá mayor competitividad, lo que se traducirá en una reducción de costos y comisiones para los consumidores. Para decirlo simple: abre la puerta a la creación de empleo, por un lado, y por el otro, motoriza el mercado.
Un dato que aportan es que en España, tras la desregulación, creció un 40% el número de operadores en tres años.
Detrás del proyecto hay también una intención de dar impulso a nuevas modalidades de comercialización, como las plataformas digitales y personal shoppers.
En cuanto a los costos, estiman que podrían reducirse entre un 30% y 60%, al pactar libremente las comisiones en cada operación. En Argentina, la comisión inmobiliaria es del 6% (3% comprador y 3% vendedor).
“El valor está condicionado artificialmente por los colegios y los regímenes provinciales que actúan como un control de precios encubierto. Estos esquemas habilitan mínimos y máximos arbitrarios según la jurisdicción, creando distorsiones”, señala Jorge Amoreo Casotti, fundador de la proptech Pint y uno de los promotores de la nueva Ley. Y agrega: “Si bajamos los costos de la intermediación, eliminamos las trabas burocráticas y habilitamos más competencia, se genera un entorno de mayor dinamismo, más oferta y mayor eficiencia. Eso naturalmente tiende a la baja de precios”.
Las 5 trabas que el proyecto propone eliminar:
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Matrícula obligatoria y título universitario.
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Monopolio de los Colegios Profesionales y facultad sancionadora.
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Restricción geográfica para ejercer.
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Sanciones por ejercicio sin matrícula.
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Aranceles mínimos y honorarios fijos.
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