Una prepaga no podrá cobrar ninguno de los aumentos aplicados desde enero a un centenar de afiliados

La entidad deberá anular las subas que informó para el primer trimestre de 2024 y, en cambio, deberá aplicar un ajuste parecido a 2023 a un grupo de 120 afiliados que se presentó ante la Justicia

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La Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires (Hospital Italiano) deberá retrotraer los aumentos en las cuotas de sus planes de salud a 120 afiliados que se presentaron en la Justicia en reclamo por los incrementos anunciados tras el mega decreto que desregula la salud. 

Es la primera decisión judicial de este tipo luego del DNU 70/2023 que alcanza a un grupo de afiliados y no solo a un particular, como ocurrió hasta ahora. En el sector, esperan más fallos como este a partir de este precedente.

El sanatorio deberá anular las subas que informó para enero (40%), febrero (29,5%) y marzo (18%) y, en cambio, deberá aplicar una pauta de ajuste similar a la que rigió en 2023. La actualización en los aranceles de las coberturas del Italiano en el primer trimestre suman un 114% y están en línea con lo decidido por las empresas de medicina privada tras la liberación de los precios a fin de año.

Ahora, la entidad deberá emplear un mecanismo similar al que estuvo vigente hasta diciembre, cuando el porcentaje de aumento era aprobado por la Superintendencia de Salud (SSS). Eliminada la obligatoriedad de autorización, la Justicia dispuso que deberá utilizarse como referencia "un tope del 8,51%" (el dato de la última disposición). Eso significa que el incremento acumulado en los tres primeros meses de 2024 para los afiliados alcanzados por el fallo llega a 27,8%.

Así lo determinó la jueza Martina Isabel Forns, a cargo del Juzgado Federal en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo Federal n° 1 de San Martín, Provincia de Buenos Aires. Además de las personas expresamente mencionadas en la resolución, los efectos se extienden a todas las causas de futuros adherentes que se encuentren en las mismas circunstancias, "con aumentos de cuota similares". La decisión rige hasta tanto se dicte sentencia definitiva sobre la causa.

La medida se hizo extensiva para el resto de los demandantes a partir de un amparo colectivo que surgió luego de una cautelar individual otorgada a una jubilada de 78 años en enero. La acción que interpuso la usuaria contra la entidad marcó un precedente al ser el primer fallo de estas características.

Luego de él, la causa fue inscrita en un registro para ser declarada "de proceso colectivo". Así fue que otros afiliados solicitaron ante el juzgado que los efectos de la medida dispuesta se extendiera también a sus casos. Según el texto judicial, los beneficiarios son jubilados de avanzada edad, usuarios con enfermedades preexistentes y personas con discapacidad.

De acuerdo al fallo, los aumentos basados en el DNU 70/23 colocan a este grupo en "un completo estado de incertidumbre, causándole además, como consumidores, un daño a sus derechos al acceso a la salud, a la vida y a la propiedad privada". 

Según la Unión Argentina de Salud (UAS), las cuotas de las prepagas subieron un 135,7% en 2023 mientras que la inflación anual llegó al 211,4%, reportó Indec. Las empresas intentan recuperar los puntos perdidos en el último año y prevén aplicar aumentos todos los meses. En este contexto, los salarios y haberes jubilatorios se movieron por debajo del IPC y recibieron reajustes por movilidad.

A eso, se suma la inflación de los dos primeros meses del año: el IPC de enero registró un 20,6%, mientras que los analistas esperan que febrero termine con una cifra menor. En ese sentido, la industria estima que llevará aproximadamente entre un año y un año y medio alcanzar el punto de equilibrio.

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