• EximiciĂłn de pago de tasa de Comercio e Industria a aquellos contribuyentes afectados que no hubieran alcanzado los mĂnimos de facturaciĂłn imponible. Cuota 6.
• EximiciĂłn a bares, restaurantes, salones de fiesta y espectáculos, jardines maternales de la tasa de Comercio, cuota 6. Serán las Cámaras que nucleen a estos rubros las que en las mesas de trabajo generadas del sector privado y el Municipio deberán demostrar la realidad de la caĂda en la facturaciĂłn del negocio que solicite la eximiciĂłn.
• Eximición de la tasa del Automotor, cuota 6 para transporte escolar, taxis y remis.
• Se mantienen los acuerdos colaborativos que se aplicaron en el año 2020 con la cámara Hotelera, Turismo y demás.
• Suspensión hasta el mes de julio de medidas de ejecución fiscal por deuda.
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