Geriátricos y atención domiciliaria: un derecho que deben cubrir las obras sociales y prepagas (conocé los requisitos)

(Por Diana Lorenzatti) En Argentina, tanto las obras sociales como las empresas de medicina prepaga tienen la obligación legal de cubrir la internación en residencias geriátricas o la asistencia domiciliaria de los adultos mayores afiliados. ¿En qué circunstancias se debe reclamar esta prestación? Para profundizar en el tema, dialogamos con la abogada especializada en derechos de salud y discapacidad, Dra. Suyay Pérez Montenegro.

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El derecho a la cobertura de residencias geriátricas o asistencia a adultos mayores en domicilio muchas veces es desconocido o negado por los agentes de salud, pero está contemplado en la normativa vigente en materia de salud y discapacidad. “Para que exista la cobertura de una residencia geriátrica, primero tiene que haber una orden médica y, especialmente, un CUD (Certificado Único de Discapacidad). Este es un documento nacional que otorga mayores derechos en el acceso a prestaciones de salud, y se tramita de forma personal y gratuita”, señala la Dra. Suyay Pérez Montenegro (Matrícula Federal T 83 F 91 CPACF).

Dra. Suyay Pérez Montenegro. (Matrícula Federal T 83 F 91 CPACF).

-IN: ¿Quiénes pueden solicitar esta cobertura?

-SPM: No todas las personas mayores necesitan un CUD, pero quienes requieren cuidados constantes (por ejemplo, por movilidad reducida, uso de pañales, enfermedades crónicas, deterioro cognitivo, Alzheimer o patologías psiquiátricas) suelen reunir los requisitos médicos para tramitarlo. Una vez obtenido, las obras sociales y prepagas deben garantizar la cobertura total del geriátrico o de la atención domiciliaria, o bien, como mínimo, el valor establecido en el nomenclador nacional para personas con discapacidad.

“Muchas veces las obras sociales solo ofrecen cobertura en geriátricos con los que tienen convenio, que no siempre están cerca del hogar del afiliado. Y aún así, en muchos casos, no cubren el costo completo. La familia termina afrontando gastos altísimos y optando por geriátricos privados”, agrega la abogada.

Frente a estas situaciones se puede recurrir a la Justicia a través de un amparo de salud, una herramienta legal que permite exigir la cobertura integral. “Lo primero es contactar a un abogado que se especialice en derecho de la salud. Luego, se intima formalmente a la prepaga u obra social mediante una carta documento, y si no responden o niegan la prestación, se presenta el amparo ante un juez”, indica la especialista.

Asistencia domiciliaria: una alternativa válida

La opción de internación en geriátrico no es la única. Muchas familias prefieren que el adulto mayor permanezca en su hogar y reciba atención domiciliaria. Esta alternativa también debe ser cubierta al 100%, incluyendo cuidadores, acompañantes terapéuticos o personal de enfermería, siempre que haya indicación médica y el CUD correspondiente.

“Es una decisión íntima y familiar, pero lo importante es que ambas alternativas (geriátrico o asistencia en casa) están contempladas y protegidas por ley”, subraya Pérez Montenegro.

Otro punto clave que destaca la abogada es el desconocimiento generalizado del Certificado Único de Discapacidad. “Muchos no saben qué es, ni que se tramita de forma gratuita, ni los beneficios que otorga. Es un documento nacional, válido en todo el país, y que abre la puerta a múltiples derechos en materia de salud”, remarca.

“La mayoría de quienes necesitan estas prestaciones son jubilados o pensionados con ingresos mínimos. Cubrir un geriátrico o una atención domiciliaria sin ayuda es prácticamente imposible. Por eso es vital exigir que se respeten estos derechos”, concluye la Dra. Pérez Montenegro.

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