Qué dice el proyecto que busca rescatar a los suscriptores de planes de ahorro (teoría del “esfuerzo compartido”)

(Por Valeria L. Margosian / RdF) El diputado Juan Brügge (Córdoba Federal) busca una solución para quienes adhirieron a sistemas de capitalización para la adquisición de automotores (en Córdoba son 20.000) y se les hace cada vez más difícil afrontar la obligación mensual. Propone un régimen transitorio, durante el cual la cuota se calcule sobre el 50% del valor que el fabricante fija para el vehículo, aplicando el concepto de “esfuerzo compartido”.

Los sistemas ahorro para la compra de autos son uno de los rubros con mayor cantidad de reclamos en todo el país: solo en Córdoba se registraron 5.200 denuncias en Defensa del Consumidor. Y es que, producto del proceso inflacionario, se desfasó la relación entre salarios y el precio de un vehículo (y por lo tanto el valor de la cuota que abonan los suscriptores).

Este importe mensual (que empezó representando el 20% del sueldo del adherente) ha aumentado tanto que en muchos casos llega a impactar hasta en un 70% sobre el salario. Esto hizo que la morosidad en el pago haya crecido el 30% en la primera mitad del año y que la venta de planes haya mermado en 100.000 suscriptores a nivel nacional (hoy las ventas financiadas representan el 40% de las operaciones; el resto se hace de contado).

Además, hay otra gran desproporción entre el denominado valor móvil (el que fija la fábrica y sobre el cual se calcula la cuota) y el valor real de mercado del automóvil. Y no olvidemos que en muchos casos el valor móvil no guarda relación con el equipamiento del vehículo entregado (incluso a veces ya no se fabrica más).

“En el tema de los planes de autoahorro quien fija la cuota es el fabricante y lo hace conforme a los criterios que quiere (a diferencia de lo que ocurre con los préstamos en UVA). No hay una legislación que les imponga a las comercializadoras parámetros objetivos para establecer el valor del vehículo”, explica el diputado Juan Brügge. Por eso presentó en abril un régimen especial y transitorio aplicable a los sistemas de capitalización y ahorro para fines determinados, intentando regular (por lo menos, por un tiempo) la escalada de las cuotas.

El proyecto está actualmente en la Cámara de Diputados y está siendo revisado por varios legisladores que han manifestado su adhesión. No ha avanzado por la parálisis general de las actividades del Congreso de cara a las alianzas que se han estado produciendo y al armado de listas. 

¿Qué propone?

Que a partir de la entrada en vigencia y durante 12 meses (por eso es transitorio) las cuotas mensuales que representan un porcentaje del valor móvil del vehículo 0Km no se determinen conforme al 100% del precio de lista, sino que se limiten al 50% (independientemente que se haya realizado o no la entrega de la unidad) y solo se actualice el valor del seguro (en el caso que el usuario ya cuente con el automotor). 

La misma medida aplica para aquellos casos en los cuales ha existido sustitución del modelo contratado, ya sea por cambio de modelo de automotor, discontinuación de fabricación, razones comerciales o variación a una versión de mayor gama. 

“Yo no digo que se cobre según el valor de mercado sino que se tome un valor intermedio que permita tener algún tipo de razonabilidad, por eso hablamos del 50% que es aproximadamente el índice inflacionario entre el año pasado y este”, manifiesta Brügge.

Se trata de poner en práctica el concepto del "esfuerzo compartido", término que ya está en el Código Civil y Comercial de la Nación pero que no se ejercita. Implica buscar parámetros objetivos, como lo es la inflación y no tomar como referencia caprichosa el valor del vehículo (que puso unilateralmente el que lo vende).

El proyecto prevé además que todas las ejecuciones prendarias que se hayan iniciado contra adherentes en mora posterior al 30 de septiembre pasado, se suspendan por 180 días para que se haga el recálculo en función de este nuevo parámetro. 

Otro dato importante es que en el caso de que la comercializadora pretenda unilateralmente cambiar el modelo del automotor, el adherente tendrá el derecho a aceptar el cambio o a rescindir el contrato, sin que se le aplique penalidad alguna, reintegrándosele el valor del importe aportado en un plazo máximo de 90 días.

El régimen especial y transitorio solo aplica a la compra de dos unidades por persona. “No queremos generar especulaciones, sino trabajar en pos del ciudadano que ha puesto sus ahorros para adquirir un vehículo destinado al uso particular, profesional o comercial; apuntamos al sentido social del que es más vulnerable”, comenta Brügge.

La otra arista de la ley es el tema de la información y busca cubrir vacíos que hoy existen en torno a este tipo de planes. “Entendemos que hay una relación de consumo y por lo tanto tiene que haber transparencia en la propuesta de lo que va a ser el plan, precio, cargos, requisitos de admisibilidad, el mecanismo para salir del grupo, las consecuencias, etc. La idea es que las reglas sean claras y haya mayor seguridad jurídica para el usuario”, finaliza el diputado.

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